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Preguntas generales sobre REACh |
P: ¿Cuál es su
estrategia para REACh?
R:
Dow Corning apoya los objetivos de REACh (siglas en inglés para registro,
evaluación, autorización y restricción de sustancias y preparados químicos) de
protección del medio ambiente y la salud. REACh es un complejo reglamento con
importantes implicaciones empresariales en las cadenas de suministro del sector
de la fabricación. Como proveedores de productos químicos, procuramos
garantizar que REACh altere lo menos posible la actividad de nuestros clientes
e intentamos aprovechar al máximo las oportunidades que nos ofrece REACh. Como
compañía con un amplio historial de seguimiento en administración de productos,
creemos que REACh ofrece un refuerzo para los programas que ya tenemos en
marcha. Para obtener más información sobre nuestra declaración, consulte:
http://www.dowcorning.com/content/publishedlit/REACh_Position_Statement_Spanish_March11.pdf
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P: ¿Cómo se han
preparado para REACh?
R: Dow Corning ha avanzado mucho en sus preparativos para REACh. En
2006, establecimos un equipo empresarial específico para REACh con múltiples
funciones. Además, hemos revisado sistemáticamente la totalidad de nuestra gama
de productos. Ya hemos prerregistrado las sustancias para las que REACh plantea
la responsabilidad u obligación de hacerlo, incluyendo diferentes sustancias de
las materias primas de nuestro proveedor no europeo y productos de
Dow Corning fabricados fuera de la UE, y estamos preparando el registro
mediante la participación activa en múltiples foros de intercambio de
información de sustancias (SIEF).
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P: ¿De qué
forma cambiarán los contratos de suministro para cumplir con los requisitos de
REACh?
R: REACh es un reglamento obligatorio de la Unión Europea (UE). Los
materiales suministrados, directa o indirectamente, al mercado de la Unión
Europea deberán cumplir estrictamente con los requisitos de REACh. El modo en
que esto se reflejará en los contratos de suministro dependerá de las
expectativas y acuerdos entre compañías.
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Prerregistro |
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P:
¿Dow Corning ha prerregistrado sus sustancias?
R: Dow Corning ha prerregistrado todas las sustancias para las que
REACh plantea la responsabilidad u obligación de hacerlo, incluyendo diferentes
sustancias de las materias primas de nuestro proveedor no europeo y productos
de Dow Corning fabricados fuera de la UE.
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P: ¿Cómo puedo
saber si Dow Corning ha completado el prerregistro?
R: Hemos publicado un portal web para que nuestros clientes de entidad
legal basada en la Unión Europea puedan obtener información de ayuda
relacionada con el estado de (pre)registro de los productos que adquieran en
Dow Corning. Cuando Dow Corning proporcione materias primas de sus
proveedores, garantizamos que ofreceremos, en la medida de lo posible, la
información más reciente de la que dispongamos.
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P:
¿Proporcionarán números de prerregistro como prueba del
prerregistro?
R: Los productos de Dow Corning se componen de diferentes
sustancias. Algunas de estas sustancias están prerregistradas por nuestros
proveedores o por sus proveedores y no están obligados a proporcionar los
números de prerregistro a nosotros o a nuestros clientes. En cualquier caso, no
es posible determinar la entidad responsable del prerregistro o la sustancia
con el número de prerregistro únicamente. Por lo tanto, y en la medida en la
que sea posible, Dow Corning ha decidido no proporcionar los números de
prerregistro a sus clientes.
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P: ¿Por qué no
me puede informar simplemente si el producto de Dow Corning contenido en
mis exportaciones a la UE está registrado en REACh?
R: REACh difiere de otras normativas en que el registro se realiza según
cadenas de suministro así como por sustancias. Los productos importados pueden
estar cubiertos por los registros de sustancias de un “Representante exclusivo”
designado por el fabricante o formulador no europeo si el nombre de los
importadores y sus volúmenes de importación individuales aparecen en la
documentación de registro del Representante exclusivo. Los volúmenes de los
importadores deben también ser fáciles de encontrar en las cadenas de
suministro. Dow Corning cuenta con varias cadenas de suministro complejas
y por ello debemos realizar un seguimiento inverso hasta nuestro punto de envío
para saber si hay registros que pueden cubrir potencialmente su producto.
Nuestra solución ha sido utilizar un fideicomisario para realizar un
seguimiento de la cadena de suministro e incluirlo en el registro del
representante como almacenamiento confidencial de nombres de importadores y sus
volúmenes individuales. Si usted es cliente directo de Dow Corning,
cumplimente el formulario de solicitud del fideicomisario de representante
exclusivo para obtener cobertura. Si ha adquirido su material de otra fuente,
consulte el organigrama del fideicomisario de representante exclusivo para
comprender cómo se debe cumplimentar la solicitud en la cadena de suministro
para obtener la cobertura.
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Sustancia químicas en productos (incluyendo las SVHC) |
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P: ¿Debo
especificar una mejora de calidad de las materias primas para cumplir con
REACh?
R: Por lo general, no es necesario. Sin embargo, en algunos casos REACh
requerirá mejoras de calidad o de las especificaciones de ciertos materiales,
especialmente los que tengan componentes que sean sustancias altamente
preocupantes (SVHC) o sean contaminantes en potencia.
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P: ¿Se pueden especificar qué productos
cumplen con REACh?
R: Dow Corning estima que las expresiones “cumplir con REACh” y
“estar listo para REACh” son imprecisas y se prestan a interpretaciones
erróneas. Podemos especificar los productos que sólo contienen sustancias que
se han prerregistrado en REACh dentro de la cadena de suministro determinada y
para los usos establecidos.
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P: ¿Qué garantías pueden darme de que los
productos que me suministran seguirán estando disponibles con
REACh?
R: Dow Corning está emprendiendo todas las acciones comerciales
posibles para garantizar la continuidad del suministro de sus productos. En la
mayoría de los casos, REACh sólo tendrá un impacto limitado. Cuando sea posible
volver a suministrar o cambiar la formulación de un producto afectado para
cumplir o superar los requisitos técnicos existentes, haremos todo lo que esté
en nuestra mano dentro del ámbito comercial. Cuando se demuestre que esto no es
posible o no es rentable, informaremos a los clientes sobre las acciones que
vayamos a realizar. En la actualidad, Dow Corning no pretende solicitar la
autorización de sustancias contenidas en sus productos.
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P: ¿Hay sustancias altamente preocupantes
(SVHC) en los productos que me ofrece Dow Corning? ¿Qué productos son y en qué
concentraciones se encuentran?
R: Hemos identificado muy pocos casos de SVHC que aparecen en la
actualidad en el reglamento REACh (CE/1907/2006; apéndices del 1 al 6); éstos
se indican, según requiere la legislación aplicable, en la hoja de datos de
seguridad de la UE para los productos implicados. Como EChA publica nuevas
listas de sustancias candidatas, continuaremos revisando nuestros productos.
Consulte la lista actual de productos de Dow Corning que contienen
sustancias incluidas en la lista de candidatas en el vínculo Productos a los que afecta la lista de sustancias candidatas de
REACh.
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P: ¿Cuándo estarán disponibles las hojas de
datos de seguridad “con formato REACh” para los productos de
Dow Corning?
R: Estamos modificando el formato de nuestras hojas de datos de
seguridad de forma progresiva, según exige la normativa REACh [artículo 31,
anexo II]. Comprendemos que la Comisión Europea y las autoridades competentes
de los estados miembros han acordado un periodo de transición para el nuevo
formato [Instrucciones de registro de EChA, V1.4, pp. 62-63]. Entendemos que
las mismas autoridades han sugerido que el formato de las hojas de datos de
seguridad se debe actualizar en cuanto se requiera una modificación en la
información de seguridad (p. ej., la modificación de la clasificación de
productos y etiquetado) o a medida que exista información adicional disponible
como parte del proceso de registro de REACh (p. ej., hipótesis de exposición).
Las hojas de datos se actualizarán de acuerdo con este método y se
proporcionarán a los usuarios y a otras partes a medida que sea necesario
[Artículo 31 (8)].
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P: ¿Proporcionarán información sobre la
composición para ayudarme en el prerregistro de REACh?
R: Dow Corning cree que las composiciones de sus productos son
bienes muy valiosos. Aunque se puede proporcionar protección limitada con
acuerdos de confidencialidad, tenemos un gran interés en mantener en la medida
de lo posible la seguridad de la información sobre la composición y haremos lo
que esté en nuestras manos para ayudar a nuestros clientes a cubrir sus
necesidades. Hasta la fecha, hemos podido cubrir todas las necesidades de
nuestros clientes en relación con REACh sin revelar información sobre la
composición (además de sustancias altamente preocupantes, SVHC). Por este
motivo, le animamos a visitar el Centro de Recursos de REACh para obtener más
información sobre nuestro portal Web “My Premiere” (para clientes de entidades
legales europeas) y el servicio de fideicomisario del representante exclusivo
(para clientes de entidades legales no europeas).
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P: De acuerdo con el reglamento de
clasificación, etiquetado y envasado (CLP), se debe notificar a la Agencia
Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) de las sustancias activas
importadas en la UE / EEE con el objetivo de actualizar el inventario de
clasificación y etiquetado. ¿Se encarga Dow Corning de esto por
mí?
R: Todas las sustancias activas que contienen los productos de
Dow Corning fabricados o importados en la UE / EEE por Dow Corning, o
por las cuales hemos proporcionado cobertura a nuestros clientes en virtud de
nuestros prerregistros de representación exclusiva serán notificadas en el
inventario de clasificación y etiquetado de la ECHA. Por lo tanto, puede estar
seguro de que sus responsabilidades relativas al inventario de clasificación y
etiquetado se han tenido o se tendrán en cuenta para todos los productos para
los que tenga un certificado emitido bajo nuestro modelo de fideicomisario de
representante exclusivo u obtenido a través de una entidad legal europea de Dow
Corning.
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Registro |
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P: ¿Registrará Dow Corning el producto
xyz en REACh?
R: REACh exige el registro de las sustancias. Muchos de los productos
que vendemos son preparados o mezclas de sustancias que se deberán registrar en
REACh ya sea Dow Corning o alguno de sus proveedores.
Ya hemos prerregistrado esas sustancias para las que REACh plantea la
responsabilidad u obligación de hacerlo, incluyendo diferentes sustancias de
las materias primas de nuestro proveedor no europeo y productos de
Dow Corning fabricados fuera de la UE. Cuando no sea posible,
comunicaremos a nuestros clientes las acciones que tengamos planificadas con
toda la antelación posible para que su actividad no se vea interrumpida.
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P: ¿Hay sustancias restringidas según REACh
presentes en los materiales que me ofrece Dow Corning? ¿Cuáles son los planes y
acciones futuros de Dow Corning a este respecto?
R: Siempre que sea comercialmente posible, procuraremos cambiar la
formulación de los materiales que contengan sustancias restringidas o los que
requieran una autorización según REACh. Nos pondremos en contacto con nuestros
clientes con toda la antelación posible a medida que la información referente a
las posibles autorizaciones esté disponible. En la actualidad no tenemos
conocimiento de las sustancias de nuestros productos que se restringirán.
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P: ¿Quién deberá registrar su sustancia en
REACh?
R: Depende de la sustancia, de la estructura comercial implicada en la
fabricación y las ventas de dicha sustancia y de los requisitos legales
aplicables. REACh requiere que la entidad responsable del registro sea el
fabricante o el importador de la UE o una entidad de la UE que actúe como el
representante exclusivo del formulador/fabricante no europeo. Dow Corning
cuenta con varias entidades legales constituidas en la UE que podrían realizar
el registro de importador o de representante exclusivo.
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P: ¿Debo modificar la cadena de suministro
si Dow Corning no incluye nuestro uso en la hoja de datos de
seguridad?
R: Si Dow Corning no incluye su uso en la hoja de datos de
seguridad ampliada del producto adquirido, será necesario evaluar su uso para
determinar si se puede admitir. Si su uso está admitido por Dow Corning,
procederemos a modificar la documentación existente para incluir su uso. En
estas circunstancias, póngase
en contacto con nosotros para revisar su situación, incluyendo su uso e
información de exposición.
Si Dow Corning no puede admitir su uso, su uso no se registrará en REACh.
Por lo tanto, la ley le obliga a realizar su propia evaluación o a cesar en el
uso/aplicación del producto de Dow Corning. Dow Corning también
estará encantada de ayudarle en la evaluación de otros productos que se adecuen
a sus necesidades.
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P: ¿Qué enfoque están tomando para
desarrollar y comunicar hipótesis de exposición?
R: La mayoría de nuestros productos está especificada para usos que se
describen en el catálogo de descripciones de uso de REACh. En los casos
pertinentes, estamos desarrollando plantillas de hipótesis de exposición con
ayuda de usuarios intermedios clave que pondremos a disposición de todos los
usuarios de nuestros productos. Estas plantillas se desarrollarán para aquellos
productos cuyo uso sea parecido a los indicados en la hipótesis de exposición,
de acuerdo con nuestros registros. Los nuevos usos o los usos no aceptados
todavía por Dow Corning se valorarán individualmente.
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Importación por parte de los clientes |
P: Si adquiero y utilizo material de
Dow Corning fuera de la UE y exporto un preparado o artículo con intención
de comercializarlo que contenga dicho material de Dow Corning a la UE,
¿puedo confiar en que su registro de sustancias cubrirá mis importaciones? ¿Se
encargarán de esto por mí?
R: Dow Corning ha enviado prerregistros de representante exclusivo
para diferentes sustancias de las materias primas de nuestro proveedor y
productos de Dow Corning fabricados fuera de la UE. Si su volumen y uso
del material de Dow Corning importado a la UE está cubierto por estos
prerregistros, podremos cubrir las importaciones. Póngase
en contacto con nosotros para iniciar las conversaciones necesarias para
dicha cobertura.
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P: ¿Qué es el representante exclusivo? ¿Por
qué es necesario?
R: Todas las sustancias contenidas en las importaciones a la UE deben
estar cubiertas por un prerregistro. El prerregistro se puede realizar por el
importador o el representante exclusivo de un fabricante/formulador no europeo
en la cadena de suministro. De acuerdo con algunas condiciones,
Dow Corning ha elegido proporcionar cobertura a importadores de productos
seleccionados en virtud de nuestros prerregistros de representante exclusivo.
De esta forma, nuestros clientes continuarán sus actividades comerciales de
exportación a Europa sin incurrir en los cuantiosos gastos que implica el
registro de las sustancias de nuestros productos.
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P: ¿Qué es un
fideicomisario de representante exclusivo?
R: La información del importador a la UE debe estar relacionada con
registros de representante exclusivo. Como Dow Corning Europe SA actúa
como representante exclusivo para entidades legales no europeas,
Dow Corning debe saber los nombres de los importadores y sus volúmenes.
Los importadores son clientes de nuestros clientes y esta información comercial
es potencialmente confidencial, por lo que su revelación puede ser perjudicial
y suponer una infracción de las leyes antimonopolio. Nuestra solución ha sido
crear una lista de registros Chemservice como un registro de fideicomisario con la
información de los importadores y para ayudarnos con investigaciones/consultas
de las autoridades competentes de REACh. El uso del fideicomisario significa
que Dow Corning no necesita ver esta información comercial confidencial;
asimismo, el modelo utilizado ayudará a realizar un seguimiento efectivo de los
volúmenes de acuerdo con los requisitos de REACh.
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P: ¿Por qué debo pagar para utilizar el
fideicomisario de representante exclusivo?
R: Es un método muy rentable de cumplir los requisitos de exportaciones
para la UE. El método alternativo para asegurar el cumplimiento de las
condiciones de exportación de productos de Dow Corning a la UE es pagar los
costosos gastos relacionados con el proceso de registro de las sustancias
individuales en el producto Dow Corning. En comparación con la potencial
pérdida de clientes, creemos que nuestro modelo de fideicomisario de
representante exclusivo es una solución muy rentable. El pago se deber realizar
mediante el miembro de la cadena de suministro para formalizar un contrato
entre el miembro de la cadena de suministro y Chemservice que garantice la
confidencialidad.
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P: ¿Cuáles son los costes del uso del
servicio del fideicomisario de representación exclusivo que ofrece
Dow Corning?
R: En la actualidad, cada miembro de la cadena de suministro debe pagar
una cuota de 100 € por certificado a Chemservice. Esta cuota incluye un
certificado que cubre el volumen especificado en el certificado durante el
periodo establecido. Los certificados de importación son válidos para un único
año de calendario, mientas que los certificados de Código solicitados por
miembros superiores en la cadena de suministro pueden ser válidos hasta el
final del año de calendario siguiente al año de emisión.
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P: ¿Necesito pagar el servicio de
fideicomisario incluso si deseo revelar la información del importador a
Dow Corning?
R: Sí. La función del servicio de fideicomisario es doble. En primer
lugar, protege información confidencial como nombres de importadores. Incluso
si desea que Dow Corning vea esta información, puede suponer un riesgo ya
que estos datos se pueden incluir en referencias de registros enviados por
nuestros proveedores o nosotros mismos. En segundo lugar, para garantizar el
cumplimiento normativo, debemos utilizar el mismo sistema para proporcionar la
cobertura de representante exclusivo a todos los clientes; servicio que
garantiza el cumplimiento normativo ayudando a resolver las consultas de las
autoridades competentes y al seguimiento de los informes en volúmenes
resumidos. Además de satisfacer estas necesidades, creemos que se pueden
obtener beneficios adicionales del envío de mercancías con un certificado de
importación de Cumplimiento de REACh.
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P: ¿Quién debe abonar las cuotas del
servicio de fideicomisario: el distribuidor, el cliente del distribuidor, el
cliente o Dow Corning?
R: Todos los miembros de la cadena de suministro salvo el importador
deberán pagar las cuotas por todos los certificados que soliciten. Por ejemplo,
si compra de un distribuidor y luego exporta su producto formulado a otro
cliente de Francia (u otro país), debe seguir los siguientes pasos:
- Su pedido O cobertura del distribuidor.
- El distribuidor debe solicitar a continuación un certificado de código de
Dow Corning.
- Dow Corning adquiere un certificado de código de Chemservice y envía
una copia al distribuidor.
- El distribuidor adquiere un certificado de código de Chemservice, indicando
el código del certificado de Dow Corning, y le envía una copia.
- A continuación, usted debe adquirir un certificado de importación de
Chemservice, indicando el código del certificado del distribuidor, y enviar una
copia a su cliente.
- Su cliente recibirá el certificado de importación de usted sin ningún gasto
adicional o pago a Chemservice.
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P: ¿Cómo puede el cliente del distribuidor o
el cliente del cliente obtener cobertura con este modelo?
R: Consulte el Centro de recursos para REACh de Dow Corning para
obtener información sobre el proceso que explica cómo se debe cumplimentar la
solicitud en la cadena de suministro para obtener la cobertura.
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P: ¿La información de clientes que se
proporciona en el servicio de fideicomisario es confidencial?
R: Esta información se almacena de forma segura en el servicio de
fideicomisario en virtud de un contrato de confidencialidad entre el cliente y
el servicio. Sólo se podrá divulgar a las autoridades nacionales competentes
como agentes aduaneros u otras agencias de seguridad, como parte de una
investigación/consulta para demostrar el cumplimiento normativo.
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P: ¿Cuál es el proceso que sigue el servicio
de fideicomisario para garantizar la confidencialidad de la información del
cliente?
R: El servicio de fideicomisario tiene un número limitado de empleados
con acceso autorizado a la base de datos que almacena esta información.
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P: Si el producto final del cliente no
europeo contiene ingredientes diferentes a los de Dow Corning, como silicona o
sustancias sin silicona, ¿este modelo cubre sustancias de Dow Corning
únicamente o el cliente no europeo debe consultar diferentes representantes
exclusivos?
R: Dow Corning sólo proporciona cobertura de representante
exclusivo para la proporción del producto final fabricado con el producto de
Dow Corning. El otro proveedor puede elegir Chemservice o puede ofrecer
los servicios de otro representante exclusivo.
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P: ¿El modelo de fideicomisario es sólo para
productos importados en la UE / EEE con volúmenes de una tonelada métrica o
más?
R: Se requiere el prerregistro de REACh para sustancias y monómeros
importados en la UE / EEE en cantidades de una tonelada o más por año y por
importador. Por consiguiente, es lógico que las importaciones de un producto
terminado inferiores a una tonelada por año y por importador no requieran
prerregistro. Sin embargo, si varios productos son importados por una sola
empresa, el importador debe sumar los volúmenes de la misma sustancia
contenidos en los productos importados. Si un importador tiene dudas sobre si
las cantidades sumadas no excederán el límite de una tonelada en varios
productos, podría considerar buscar una cobertura de representante exclusivo
para las sustancias en uno o más productos importados.
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EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES
El contenido de este documento es únicamente para información general y
representa la interpretación y los comentarios de Dow Corning sobre el
reglamento REACh (y cualquier otra legislación a la que se haga referencia
en el presente documento). No se ofrece ningún tipo de garantía, compromiso
o manifestación relativo a la precisión, totalidad o actualidad de la
información incluida en el presente documento. Dow Corning Corporation
(incluidas sus compañías filiales y afiliadas) no garantiza la fiabilidad ni
acepta ningún tipo de responsabilidad por la información proporcionada en el
presente documento (ni ningún otro compromiso basado en ella). Este documento
no representa consejo legal ni profesional y no se debe utilizar con ese
fin.
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